Las X Jornadas Estatales contra la Violencia de Género, que organiza el Consejo de Colegios de la Psicología de España, se celebrarán en Pamplona del 23 al 24 de noviembre
La intervención psicológica como facilitadora de los derechos de las víctimas de violencia contra las mujeres será el eje
Fecha publicación : 31-07-18
En el año 1996 la OMS reconoció la violencia contra la mujer como un problema de salud pública. Desde entonces se ha recorrido un largo camino. La ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, supuso un avance en los derechos de las víctimas. Regular las medidas contra la violencia por Ley Orgánica significa que se convierte en un derecho de las mujeres el vivir sin violencia y que estos derechos son exigibles ante las Administraciones Públicas.
Al mismo tiempo, que sea “integral” significa que afecta a todos los ámbitos que tienen que ver con la violencia contra las mujeres, desde la prevención a la atención, pasando por la protección. Con posterioridad, llegó en Navarra la Ley Foral 14/2015, de 10 de abril para actuar contra la violencia hacia las mujeres. Estas leyes reconocen el papel fundamental de la psicología como agente generador de empoderamiento y facilitador de la reconstrucción del proyecto vital de las personas afectadas.
COMPROMISO
Desde el Consejo de Colegios de la Psicología de España se llevan 10 años organizando las “Jornadas Estatales contra la Violencia de Género”, reflejo de nuestro compromiso y nuestra responsabilidad para la erradicación de esta violación de los derechos humanos.
Por ello, estas Jornadas se dedicarán a la intervención psicológica como facilitadora de los derechos de las víctimas. Éstas se van a organizar en torno a tres pilares básicos que son reconocidos por la legislación actual:
1. Derecho a la atención especializada y adecuada a sus necesidades que incluye entre otros, el derecho a recibir información y asesoramiento adecuado a la situación personal, el derecho a la accesibilidad en la atención e información de manera apropiada para las mujeres con discapacidad, inmigrantes, pertenecientes a minorías, en riesgo de exclusión social y mujeres con dificultades especiales y el derecho a los servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral, para las mujeres y para los hijas e hijos que las acompañan.
2. Derecho a la protección efectiva que incluye entre otros, el derecho a la intimidad y la privacidad, el derecho a la atención y acogida en centros especializados para la atención integral, y el derecho a recibir protección, seguridad y acompañamiento por personal profesional si es necesario.
3. Derecho a la recuperación integral que incluye entre otros el derecho a recibir atención psicológica.
Tomando como punto de partida estos principios rectores, estas jornadas pretenden posibilitar un espacio de reflexión sobre cómo se están haciendo las cosas en el mundo actual, qué avances necesitamos producir para que la intervención, la protección y la prevención se ajusten a lo descrito en la ley y, sobre todo, qué papel de nuestro ejercicio profesional jugamos en el cumplimiento de lo que es necesario para su atención integral.
Página web oficial de las X Jornadas Estatales contra la Violencia de Género